Banco Sabadell. Depósito Online

El Depósito Online del Banco Sabadell Atlántico es un depósito a plazo fijo con el capital 100 % garantizado que le ofrece más rentabilidad por contratarlo a través de Internet.
Características
Los depósitos online ofrecen una alta rentabilidad
Tipo de interés inicial Renovación
10 días 0,75% TAE 0,75% TAE
60 días N.A. 1,25% TAE
90 días 1,40% TAE 1,40% TAE
6 meses 1,70% TAE 1,70% TAE
1 año 2,00% TAE 2,00% TAE
Otras características:
Contratación : exclusiva por BSOnline
Abono de intereses : al vencimento
Cancelación anticipada: se permite la cancelación anticipada en los depósitos a 6 y a 12 meses. En caso de solicitar la cancelación se aplicará una penalización sobre el importe cancelado, dependiendo del tiempo transcurrido entre la fecha de cancelación y la fecha de vencimiento del depósito. Esta penalización nunca superará los intereses generados hasta la fecha, por lo que usted siempre tiene garantizado el capital invertido inicialmente.
Renovación: automática al vencimiento
Fiscalidad
1. Residentes
Impuesto sobre la renta de las personas físicas
Los intereses de los depósitos se integran como rendimientos del capital mobiliario en la Base Imponible del Ahorro del IRPF, tributando en consecuencia al tipo fijo del 18%, con independencia de su plazo de generación.
En el moment d'abonar-se, aquests interessos estan subjectes a una retenció a compte de l'impost del 18%.
Desde el 1 de enero de 2007, se elimina la reducción del 40% para los depósitos cuyo período de generación sea superior a 2 años, de tal manera que el período de generación de los intereses no incidirá en la carga tributaria. No obstante, la Ley prevé una “compensación fiscal” a determinar por la Ley de Presupuestos de cada año para aquellos contribuyentes que vean empeorada su tributación respecto de la que hubiera resultado de aplicar el régimen anterior, siempre que el depósito se hubiese contratado con anterioridad a 20 de enero de 2006, fecha de publicación del Anteproyecto de Ley. Impuesto sobre el patrimonio
Los depósitos deben declararse cada año en el Impuesto sobre el Patrimonio cuando el titular tenga esta obligación. El importe a declarar es el valor mayor de:
saldo a 31 de diciembre
saldo medio del último trimestre
Impuesto sobre sucesiones
En caso de muerte del titular, deberá declararse el saldo del depósito para la tributación por dicho impuesto.
2. No residentes en España
Para los depósitos de no residentes, debidamente acreditados, no se realiza ninguna retención sobre los intereses generados, los cuales están exentos de tributación en España.
En caso de no acreditarse dicha residencia se practicará una retención del 18%.







