Banco Sabadell. Depósitos Referenciados

Depósitos para inversores que desean obtener una rentabilidad atractiva, aprovechando la evolución de los mercados financieros y asegurándose de que recuperarán el capital invertido.
Los depósitos referenciados destacan por su doble ventaja:
Capital Garantizado
Rendimientos Atractivos
Características
Vinculación: estos depósitos siempre están vinculados a la evolución de una acción bursátil, un índice (por ejemplo el Ibex35, el Eurostoxx, etc.), un tipo de interés (por ejemplo el Euribor, Libor, etc.) o un tipo de cambio (como el euro-dólar).
Rentabilidad: variable, definida por la evolución del mercado. Usted tiene la garantía de que, pase lo que pase, al vencimiento recuperará el 100% del capital invertido.
Plazos de vencimiento: se pueden contratar a diferentes plazos, adaptados a las necesidades de cada inversor. Varían en cada oferta.
Fiscalidad
1. Residentes
Impuesto sobre la renta de las personas físicas
Los intereses de los depósitos se integran como rendimientos del capital mobiliario en la Base Imponible del Ahorro del IRPF, tributando en consecuencia al tipo fijo del 18%, con independencia de su plazo de generación.
En el momento de abonarse, estos intereses están sujetos a una retención a cuenta del impuesto del 18%.
Desde el 1 de enero de 2007, se elimina la reducción del 40% para los depósitos cuyo período de generación sea superior a 2 años, de tal manera que el período de generación de los intereses no incidirá en la carga tributaria. No obstante, la Ley prevé una “compensación fiscal” a determinar por la Ley de Presupuestos de cada año para aquellos contribuyentes que vean empeorada su tributación respecto de la que hubiera resultado de aplicar el régimen anterior, siempre que el depósito se hubiese contratado con anterioridad a 20 de enero de 2006, fecha de publicación del Anteproyecto de Ley.
Impuesto sobre el Patrimonio
Los depósitos deben declararse cada año en el Impuesto sobre el Patrimonio cuando el titular tenga esta obligación. El importe a declarar es el valor mayor de:
saldo a 31 de diciembre
saldo medio del último trimestre
Impuesto sobre Sucesiones
En caso de muerte del titular, deberá declararse el saldo del depósito para la tributación por dicho impuesto.
2. No residentes en España
Para los depósitos de no residentes, debidamente acreditados, no se realiza ninguna retención sobre los intereses generados, los cuales están exentos de tributación en España.
En caso de no acreditarse dicha residencia se practicará una retención del 18%.







